Si la manipulación manual es inevitable y las ayudas mecánicas no pueden usarse, no se permitirá que se opere con cargas superiores a 25 kilogramos. Esta carga será modificada en la medida que existan otros factores agravantes, caso en el cual, la manipulación deberá efectuarse en conformidad a lo dispuesto en el decreto supremo Nº 63, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, del año 2005, que aprueba reglamento para la aplicación de la ley Nº 20.001, que regula el peso máximo de carga humana, y en la Guía Técnica para la Evaluación y Control de los Riesgos Asociados al Manejo o Manipulación Manual de Carga.
art 211 H ct
- Código del Trabajo
- Libro II. De la protección a los trabajadores
- Título V. De la protección de los trabajadores de carga y descarga de manipulación manual
- Artículo 211 F
- Artículo 211 G
- Artículo 211 H
- Artículo 211 I
- Artículo 211 J
- Título V. De la protección de los trabajadores de carga y descarga de manipulación manual
- Libro II. De la protección a los trabajadores