Artículo 259 de la Ley Hipotecaria
Los Registros de la Propiedad dependerán del Ministerio de Justicia. Todos los asuntos a ellos referentes están encomendados a la Dirección General de los Registros y del Notariado.
art 259 LH
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- Título X. De la Dirección e Inspección de los Registros