Artículo 619 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Para todo lo relativo a la responsabilidad civil de un tercero y a los incidentes a que diere lugar la ocupación y en su día la restitución de cosas que se hallaren en su poder se formará pieza separada, pero sin que por ningún motivo se entorpezca ni suspenda el curso de la instrucción.
art 619 LECrim
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- Libro II. Del sumario
- Título X. De la responsabilidad civil de terceras personas