Artículo 756 de la Ley de Enjuiciamiento Civil
Artículo 756. Ámbito de aplicación y competencia.
1. En los supuestos en los que, de acuerdo con la legislación civil aplicable, sea pertinente el nombramiento de curador y en el expediente de jurisdicción voluntaria dirigido a tal efecto se haya formulado oposición, o cuando el expediente no haya podido resolverse, la adopción de medidas judiciales de apoyo a personas con discapacidad se regirá por lo establecido en este Capítulo.
2. Será competente para conocer de las demandas sobre la adopción de medidas de apoyo a personas con discapacidad la autoridad judicial que conoció del previo expediente de jurisdicción voluntaria, salvo que la persona a la que se refiera la solicitud cambie con posterioridad de residencia, en cuyo caso lo será el juez de primera instancia del lugar en que esta resida.
3. Si antes de la celebración de la vista se produjera un cambio de la residencia habitual de la persona a que se refiera el proceso, se remitirán las actuaciones al Juzgado correspondiente en el estado en que se hallen.
art 756 LEC
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- LIBRO IV. De los procesos especiales
- TÍTULO I. De los procesos sobre provisión de medidas judiciales de apoyo a las personas con discapacidad, filiación, matrimonio y menores
- CAPÍTULO II. De los procesos sobre la adopción de medidas judiciales de apoyo a personas con discapacidad
- Artículo 756. Ámbito de aplicación y competencia.
- Artículo 757. Legitimación e intervención procesal.
- Artículo 758. Certificación registral y personación del demandado.
- Artículo 759. Pruebas preceptivas en primera y segunda instancia.
- Artículo 760. Sentencia.
- Artículo 761. Revisión de las medidas de apoyo judicialmente adoptadas.
- Artículo 762. Medidas cautelares.
- Artículo 763. Internamiento no voluntario por razón de trastorno psíquico.
- CAPÍTULO II. De los procesos sobre la adopción de medidas judiciales de apoyo a personas con discapacidad
- TÍTULO I. De los procesos sobre provisión de medidas judiciales de apoyo a las personas con discapacidad, filiación, matrimonio y menores