Artículo 740 de la Ley de Enjuiciamiento Civil
Artículo 740. Causas de oposición. Ofrecimiento de caución sustitutoria.
El que formule oposición a la medida cautelar podrá esgrimir como causas de aquélla cuantos hechos y razones se opongan a la procedencia, requisitos, alcance, tipo y demás circunstancias de la medida o medidas efectivamente acordadas, sin limitación alguna.
También podrá ofrecer caución sustitutoria, con arreglo a lo dispuesto en el capítulo V de este título.
art 740 LEC
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Buscar abogado civil- Ley de Enjuiciamiento Civil
- LIBRO III. De la ejecución forzosa y de las medidas cautelares
- TÍTULO VI. De las medidas cautelares
- CAPÍTULO III. De la oposición a las medidas cautelares adoptadas sin audiencia del demandado
- Artículo 739. Oposición a la medida cautelar.
- Artículo 740. Causas de oposición. Ofrecimiento de caución sustitutoria.
- Artículo 741. Traslado de la oposición al solicitante, comparecencia en vista y decisión.
- Artículo 742. Exacción de daños y perjuicios.
- CAPÍTULO III. De la oposición a las medidas cautelares adoptadas sin audiencia del demandado
- TÍTULO VI. De las medidas cautelares