Artículo 348 de la Ley Concursal
Artículo 348. Contenido de la evaluación de la propuesta de convenio.
1. La administración concursal evaluará el contenido de la propuesta de convenio en relación con el plan de pagos y, en su caso, con el plan de viabilidad que la acompañe.
2. La evaluación deberá contener necesariamente un juicio favorable, con o sin reservas, o desfavorable, acerca de la viabilidad del cumplimiento del convenio propuesto.
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Buscar abogado concursal- Ley Concursal
- LIBRO PRIMERO. Del concurso de acreedores
- TÍTULO VII. Del convenio
- CAPÍTULO III. De la evaluación de la propuesta de convenio
- Artículo 347. Evaluación de la propuesta de convenio por la administración concursal.
- Artículo 348. Contenido de la evaluación de la propuesta de convenio.
- Artículo 349. Comunicación de la evaluación a los acreedores.
- Artículo 350. Evaluación desfavorable o con reservas de la propuesta anticipada de convenio. (Suprimido)
- CAPÍTULO III. De la evaluación de la propuesta de convenio
- TÍTULO VII. Del convenio