Artículo 294 de la Ley Concursal
Artículo 294. Publicidad de la presentación del informe.
1. El mismo día de la presentación del informe, el letrado de la Administración de Justicia lo remitirá por medios electrónicos junto con los documentos anejos al Registro público concursal.
2. El mismo día de la presentación del informe la administración concursal remitirá el informe y los documentos anejos por correo electrónico al deudor, a aquellos que hubiesen comunicado sus créditos de cuya dirección electrónica tenga constancia, estén o no incluidos en la lista de acreedores, y a quienes, aunque no fueran acreedores, estuvieran personados en el concurso. Si no tuviera constancia fehaciente de la recepción del correo electrónico, deberá intentar la comunicación por cualquier otro medio que permita al acreedor conocer de su publicación en el Registro público concursal. Si no tuviera constancia de la dirección electrónica, el administrador concursal efectuará la remisión al procurador que los represente.
3. El juez podrá acordar, de oficio o a instancia del interesado, cualquier publicidad complementaria que considere imprescindible, en medios oficiales o privados.
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Buscar abogado concursal- Ley Concursal
- LIBRO PRIMERO. Del concurso de acreedores
- TÍTULO VI. Del informe de la administración concursal
- CAPÍTULO I. Del informe de la administración concursal
- Sección I. De las comunicaciones electrónicas anteriores a la presentación del informe
- Sección II. Del informe de la administración concursal
- Artículo 290. Deber de presentación del informe.
- Artículo 291. Prórroga del plazo.
- Artículo 292. Estructura del informe.
- Artículo 293. Documentos anejos al informe.
- Artículo 294. Publicidad de la presentación del informe.
- Artículo 295. Derecho a obtención de copia del inventario y de la lista de acreedores. (Suprimido)
- Artículo 296. Infracción del deber de presentación del informe.
- Sección III. De la finalización de la fase común
- CAPÍTULO I. Del informe de la administración concursal
- TÍTULO VI. Del informe de la administración concursal