Artículo 81 de la Constitución Española
1. Son leyes orgánicas las relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas, las que aprueben los Estatutos de Autonomía y el régimen electoral general y las demás previstas en la Constitución.
2. La aprobación, modificación o derogación de las leyes orgánicas exigirá mayoría absoluta del Congreso, en una votación final sobre el conjunto del proyecto.
art 81 CE
- Constitución Española
- Título III. De las Cortes Generales
- Capítulo II. De la elaboración de las leyes