Artículo 340 del Código Civil
Todos los demás bienes pertenecientes al Estado, en que no concurran las circunstancias expresadas en el artículo anterior, tienen el carácter de propiedad privada.
art 340 CC
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- LIBRO II. DE LOS ANIMALES, DE LOS BIENES, DE LA PROPIEDAD Y DE SUS MODIFICACIONES
- Título I: De la clasificación de los animales y de los bienes
- Disposiciones preliminares
- Capítulo I: De los bienes inmuebles
- Capítulo II: De los bienes muebles
- Capítulo III: De los bienes según las personas a que pertenecen
- Disposiciones comunes a los tres capítulos anteriores
- Título I: De la clasificación de los animales y de los bienes