Artículo 942 del Código Civil y Comercial
Artículo 942. Definición.
La obligación se extingue cuando el acreedor voluntariamente acepta en pago una prestación diversa de la adeudada.
art 942 CCCN
- Código Civil y Comercial de la Nación
- LIBRO TERCERO: DERECHOS PERSONALES
- TÍTULO I: Obligaciones en general
- CAPÍTULO V: Otros modos de extinción
- SECCIÓN 4ª: Dación en pago
- Artículo 942. Definición.
- Artículo 943. Reglas aplicables.
- SECCIÓN 4ª: Dación en pago
- CAPÍTULO V: Otros modos de extinción
- TÍTULO I: Obligaciones en general