Artículo 3 del Código Civil y Comercial
Artículo 3. Deber de resolver.
El juez debe resolver los asuntos que sean sometidos a su jurisdicción mediante una decisión razonablemente fundada.
art 3 CCCN
- Código Civil y Comercial de la Nación
- TÍTULO PRELIMINAR
- CAPÍTULO I: Derecho
- Artículo 1. Fuentes y aplicación.
- Artículo 2. Interpretación.
- Artículo 3. Deber de resolver.
- CAPÍTULO I: Derecho