Artículo 1065 del Código Civil y Comercial

Artículo 1065. Fuentes de interpretación.

Cuando el significado de las palabras interpretado contextualmente no es suficiente, se deben tomar en consideración:

a) las circunstancias en que se celebró, incluyendo las negociaciones preliminares;

b) la conducta de las partes, incluso la posterior a su celebración;

c) la naturaleza y finalidad del contrato.

art 1065 CCCN

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