Artículo 410 D del Código Civil Federal
No pueden adoptar mediante adopción plena, las personas que tengan vínculo de parentesco consanguíneo con el menor o incapaz.
art 410 D CCF
- Código Civil Federal
- LIBRO PRIMERO. De las personas
- TÍTULO SEPTIMO. De la paternidad y filiación
- Capítulo V: De la adopción
- Sección Tercera: De la adopción plena
- Artículo 410 A
- Artículo 410 B
- Artículo 410 C
- Artículo 410 D
- Sección Tercera: De la adopción plena
- Capítulo V: De la adopción
- TÍTULO SEPTIMO. De la paternidad y filiación