Artículo 1565 del Código Civil

Artículo 1565. Oportunidad de la obligación de recibir el bien

El comprador está obligado a recibir el bien en el plazo fijado en el contrato, o en el que señalen los usos.

A falta de plazo convenido o de usos diversos, el comprador debe recibir el bien en el momento de la celebración del contrato.

art 1565 cc

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