Artículo 225 "C" del Código Penal
Artículo 225 "C". Experimentación.
Se impondrá de uno a tres años de prisión e inhabilitación especial hasta diez años al que, aún con el consentimiento de la mujer, realizare en ella experimentos destinados a provocar su embarazo.
No se consideran experimentos los diversos intentos para procurar el embarazo, que se realicen conforme a una técnica ya experimentada y aprobada.
art 225 "C" cp
- Código Penal
- Libro Segundo: Parte especial
- Título IV: De los delitos contra la libertad
- Capítulo VII: De los delitos de inseminación
- Artículo 225 "A". Inseminación forzosa.
- Artículo 225 "B". Inseminación fraudulenta.
- Artículo 225 "C". Experimentación.
- Capítulo VII: De los delitos de inseminación
- Título IV: De los delitos contra la libertad