Artículo 225 "A" del Código Penal
Artículo 225 "A". Inseminación forzosa.
Será sancionado con prisión de dos a cinco años e inhabilitación especial hasta diez años el que, sin consentimiento de la mujer procurare su embarazo utilizando técnicas médicas o químicas de inseminación artificial.
Si resultare el embarazo, se aplicará prisión de dos a seis años e inhabilitación especial hasta quince años.
Si la mujer sufriere lesiones gravísimas o la muerte, se aplicará prisión de tres a diez años e inhabilitación especial de diez a veinte años.
art 225 "A" cp
- Código Penal
- Libro Segundo: Parte especial
- Título IV: De los delitos contra la libertad
- Capítulo VII: De los delitos de inseminación
- Artículo 225 "A". Inseminación forzosa.
- Artículo 225 "B". Inseminación fraudulenta.
- Artículo 225 "C". Experimentación.
- Capítulo VII: De los delitos de inseminación
- Título IV: De los delitos contra la libertad