¿Qué diferencias hay entre una cesión de remate y una cesión de crédito?

La cesión de crédito implica la transferencia del derecho de cobro del acreedor a un tercero, quien se subroga en su posición. Puede realizarse en cualquier momento mientras el crédito esté vigente, sin necesidad de consentimiento del deudor, aunque conviene notificárselo. Requiere escritura pública e inscripción registral si es hipotecario.

En cambio, la cesión de remate tiene lugar durante la subasta judicial por ejecución de bienes inmuebles, cuando el mejor postor en la subasta cede a un tercero el derecho de adjudicación del inmueble a cambio de un precio. Debe formalizarse por escrito firmado por las partes y presentarse dentro del plazo procesal correspondiente. También requiere inscripción en el Registro.

Las principales diferencias radican en el objeto cedido, el momento procesal, la identidad del cedente y las formalidades requeridas.

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