¿Cuáles son los requisitos para la jubilación parcial?
En la jubilación parcial a la edad ordinaria, para la que no es necesario celebrar un contrato de relevo, el trabajador debe:
- Haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación.
- Reunir los requisitos para tener derecho a la pensión de jubilación.
- Reducir su jornada entre un 25 % y un 75 %.
- Acreditar 15 años de cotización, de los cuales al menos 2 deben estar comprendidos dentro de los 15 años anteriores a la jubilación parcial.
En la jubilación parcial anticipada, además de celebrarse simultáneamente un contrato de relevo indefinido y a jornada completa (o un contrato fijo-discontinuo en los términos previstos reglamentariamente), el trabajador debe:
- Encontrarse como máximo a 3 años de la edad ordinaria de jubilación.
- Estar contratado a jornada completa.
- Haber cotizado al menos 33 años (o 25 años en caso de discapacidad igual o superior al 33 %).
- Acreditar una antigüedad mínima de 6 años en la empresa.
- Reducir la jornada entre un 25 % y un 75 % (con las particularidades previstas cuando la jubilación se inicia con más de dos años de antelación).
- Cumplir el requisito relativo a la base de cotización del trabajador relevista.
- Mantener, junto con la empresa, la cotización correspondiente a la jornada completa.
¿Buscas abogado especialista en derecho de la Seguridad Social?
Te ayudamos a encontrar abogado experto en Seguridad Social de confianza. Tenemos una amplia red de abogados colaboradores en toda España.
Buscar abogado