El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) es una de las siete instituciones de la Unión. Interpreta el tejido legislativo de la Unión Europea (UE) para asegurar que la aplicación de éste sea igual en todos los países miembros.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) interpreta el tejido legislativo de la Unión Europea (UE) para asegurar que la aplicación sea igual en todos los países miembros.
¿Cuál es la función del Tribunal de Justicia de la Unión Europea?
El TJUE nació en 1952 con el objetivo de garantizar que todo país miembro y toda institución europea cumpla la legislación de la Unión Europea, interpretándola y aplicándola de la misma manera.
¿Qué competencias tiene el TJUE?
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea tiene asignadas las siguientes tareas:
- Interpretación de la legislación.
- Aplicación de la legislación.
- Anulación de normas europeas, mediante recursos de anulación.
- Garantizar la correcta actuación de la Unión Europea.
- Sancionar a las instituciones europeas, si así fuera necesario, a través de acciones por daños y perjuicios.
¿Cuántos miembros tiene el Tribunal de Justicia de la Unión Europea?
El TJUE, con su sede en Luxemburgo, está compuesto por dos órganos jurisdiccionales: el Tribunal de Justicia y el Tribunal General.
Tribunal de Justicia
Formado por un juez de cada país de la Unión Europea y once abogados generales. Se encuentra regulado en el precepto número 19 del Tratado de la Unión Europea y entre los artículos 251 y 281 del Tratado Fundamental de la Unión Europea.
La fundamentación legal de la composición del Tribunal de Justicia se encuentra en los preceptos que mencionaremos a continuación:
1. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea comprenderá el Tribunal de Justicia, el Tribunal General y los tribunales especializados. Garantizará el respeto del Derecho en la interpretación y aplicación de los Tratados.
Los Estados miembros establecerán las vías de recurso necesarias para garantizar la tutela judicial efectiva en los ámbitos cubiertos por el Derecho de la Unión.
2. El Tribunal de Justicia estará compuesto por un juez por Estado miembro. Estará asistido por abogados generales.
El Tribunal General dispondrá al menos de un juez por Estado miembro.
Los jueces y abogados generales del Tribunal de Justicia y los jueces del Tribunal General serán elegidos de entre personalidades que ofrezcan plenas garantías de independencia y que reúnan las condiciones contempladas en los artículos 253 y 254 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Serán nombrados de común acuerdo por los Gobiernos de los Estados miembros para un período de seis años. Los jueces y abogados generales salientes podrán ser nombrados de nuevo.
3. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea se pronunciará, de conformidad con los Tratados:
a) sobre los recursos interpuestos por un Estado miembro, por una institución o por personas físicas o jurídicas;
b) con carácter prejudicial, a petición de los órganos jurisdiccionales nacionales, sobre la interpretación del Derecho de la Unión o sobre la validez de los actos adoptados por las instituciones;
c) en los demás casos previstos por los Tratados.
Artículo 19 del Tratado de la Unión Europea
El Tribunal de Justicia estará asistido por ocho abogados generales. Si el Tribunal de Justicia lo solicitare, el Consejo, por unanimidad, podrá aumentar el número de abogados generales.
La función del abogado general consistirá en presentar públicamente, con toda imparcialidad e independencia, conclusiones motivadas sobre los asuntos que, de conformidad con el Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, requieran su intervención.
Artículo 252 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
Tribunal General
Cuenta con dos jueces por cada país miembro. Su base jurídica se encuentra en los artículos 254 a 257 del Tratado Fundamental de la Unión Europea.
Concretamente, las nociones acerca de la composición y estatuto del Tribunal General se regulan en el artículo 254 de dicho Tratado:
El número de jueces del Tribunal General será fijado por el Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El Estatuto podrá disponer que el Tribunal General esté asistido por abogados generales.
Los miembros del Tribunal General serán elegidos entre personas que ofrezcan absolutas garantías de independencia y que posean la capacidad necesaria para el ejercicio de altas funciones jurisdiccionales. Serán designados de común acuerdo por los Gobiernos de los Estados miembros por un período de seis años, tras consultar al comité a que se refiere el artículo 255. Cada tres años tendrá lugar una renovación parcial. Los miembros salientes podrán ser nuevamente designados.
Los jueces elegirán de entre ellos al Presidente del Tribunal General por un período de tres años. Su mandato será renovable.
El Tribunal General nombrará a su secretario y establecerá el estatuto de éste.
El Tribunal General establecerá su Reglamento de Procedimiento de acuerdo con el Tribunal de Justicia. Dicho reglamento requerirá la aprobación del Consejo.
Salvo disposición en contrario del Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, las disposiciones de los Tratados relativas al Tribunal de Justicia serán aplicables al Tribunal General.
Artículo 254 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
¿Cómo funciona el TJUE?
Los asuntos que llegan a esta institución europea se asignan a un juez ponente y a un abogado general. Además, estos casos se desarrollan en las siguientes fases:
- Fase escrita: Tiene lugar cuando las partes presentan al Tribunal alegaciones escritas y cuando las administraciones nacionales o las instituciones europeas hacen observaciones al respecto. A continuación, el juez ponente resumirá dichas alegaciones y observaciones, para decidir si debe celebrarse o no la vista pública, o si es necesario un dictamen oficial del abogado general.
- Fase oral: También se denomina vista pública y se llega a ella después de la fase escrita. Aquí los abogados de las partes presentarán sus argumentos a los jueces y al abogado general. Finalmente, se deliberará el veredicto.
¿Cómo puede un particular llegar al TJUE?
Aquella persona física o jurídica que se haya visto perjudicado por una acción u omisión procedente da alguna de las instituciones de la Unión, podrá presentar ante el Tribunal alguno de estos recursos:
- De manera indirecta, mediante los tribunales nacionales, para que éstos remitan el asunto al Tribunal de Justicia.
- De manera directa, recurriendo al Tribunal General.