Sociedad Limitada Profesional 

La Sociedad Limitada Profesional (SLP) es una forma jurídica que es utilizada, principalmente, por los profesionales de sectores de prestación de servicios regulados que requieren de colegiación profesional. En este sentido, una de las reglas principales de este tipo de sociedad es que el profesional esté debidamente colegiado.

Se trata de una de las opciones más recomendables para todos aquellos profesionales que desean unirse, porque tienen una misma finalidad empresarial.

Sociedad Limitada Profesional

La Sociedad Limitada Profesional es una de las opciones más recomendables para todos aquellos profesionales que desean unirse con una misma finalidad empresarial.

Uno de los principales objetivos de la sociedad limitada profesional es la correspondiente prestación de servicios, siempre de carácter colegiado, aunque también se puede realizar esta labor como autónomo. Sin embargo, al realizar dicha prestación de servicios como una sociedad mercantil, este tipo de forma jurídica aporta algunas ventajas interesantes.

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Principales ventajas de la sociedad limitada

La sociedad limitada es un tipo de forma jurídica que proporciona interesantes ventajas, entre las cuales se destacan las siguientes:

Una de las principales ventajas es que, al constituirse una sociedad como un proyecto profesional conformado por varios profesionales con objetivos en común, esto la sitúa en una posición mucho más competitiva, especialmente cuando se compara con actividades económicas que se desarrollan de forma individual.

Otra ventaja y diferencia notable es la fiscalidad, ya que en el caso de las sociedades limitadas dicha se regirá bajo el Impuesto de Sociedades, a diferencia de lo que ocurre con los autónomos, cuyo modelo de facturación lo hacen bajo el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Al tratarse de una sociedad limitada, una de las principales ventajas está estrechamente relacionada a la respuesta que deberán tener los socios en caso de que las cosas no se desarrollen como esperaban y, en otras palabras, salga mal. Si la empresa contrae deudas, los socios solo deberán responder por el capital aportado, a menos que ocurra una irregularidad considerable o que alguno de los profesionales actúe fuera del régimen deontológico que establece la propia sociedad.

En el caso anterior, tanto los socios de forma particular como la sociedad pueden ser demandados. De ahí la importancia de que las sociedades lleven a cabo la contratación de un seguro de responsabilidad civil que cubra dichas responsabilidades. Es importante que ese seguro cubra las responsabilidades en las cuales se pueda incurrir bajo el desarrollo o ejercicio de la actividad, así como las actividades que constituyan o formen el objeto social de la sociedad.

Limitaciones de la Sociedad Limitada Profesional

Por el lado contrario, una de las limitaciones más destacadas es que la mayoría del capital de la sociedad deberá pertenecer a los socios que sean considerados profesionales o que, en otras palabras, ejerzan su profesión de forma efectiva dentro de la sociedad. Por otra parte, el resto del capital sí podrá pertenecer al resto de los socios, aún cuando los mismos no ejerzan la profesión.

Otra de las limitaciones de la Sociedad Limitada Profesional es que, si dentro de la misma se decide que haya un solo administrador, el mismo deberá ser socio profesional. Cuando hay varios administradores, al menos la mitad de los miembros del consejo deberán ser socios profesionales.

Requisitos para la Sociedad Limitada Profesional

Para la creación de una Sociedad Limitada Profesional se exigen varios requisitos.

Uno de los principales y más destacados está estrechamente relacionado con la formación de la misma. Como sufijo de la razón social se deberá colocar la forma S.L.P. y la descripción detallada del tipo de actividad económica que va a realizar esa nueva sociedad.

Por otro lado, con respecto a los socios profesionales, deberán tener una participación mayoritaria en el capital social de la entidad, de forma adicional a la mayoría en lo que respecta a los derechos de voto. Es importante destacar que este aspecto dentro de la constitución de la sociedad es de vital importancia porque, ante cualquier tipo de problema o incumplimiento de los requisitos, la consecuencia será, simplemente, la disolución de la sociedad.

Asimismo, este tipo de sociedades permite englobar diferentes tipos de especialidades o disciplinas en lo que respecta a actividades profesionales. Lo anterior no tiene ningún tipo de limitación, siempre y cuando dichas disciplinas no sean incompatibles entre sí. En este sentido, es importante destacar que es suficiente con la inscripción en uno solo de los registros profesionales.

Por otro lado, al momento de hacer la inscripción en el Registro Mercantil, es fundamental registrar con la denominación social seguida de la forma S.L.P. La inscripción en el Registro Mercantil es un paso o requisito obligatorio y siempre se debe hacer constar en el Registro el asiento que se corresponda con la actividad a desarrollar.

En lo que respecta a los socios, la Ley 2/2007 del 15 marzo, establece de forma clara y precisa que los socios profesionales siempre deberán poseer una participación mayoritaria en lo que respecta al capital social de la empresa y, en general, a la mayoría de los derechos del voto. Es sumamente importante la composición de los diferentes órganos de la administración porque, básicamente, se regulan de la misma forma.

Es importante destacar que el incumplimiento de los requisitos tendrá como consecuencia la disolución absoluta e inmediata de la sociedad. Es por ello que la sociedad deberá asumir de forma directa las obligaciones y los derechos que se deriven de la misma.

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