Sobreseimiento significa terminar un proceso por considerar evidente la irresponsabilidad del inculpado o por falta de pruebas.

El sobreseimiento es una resolución judicial que se manifiesta en forma de auto.
¿Dónde se regulan el sobreseimiento?
Los detalles legales a tener en cuenta acerca del sobreseimiento se encuentran recogidos en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, Título XI (de la conclusión del sumario y del sobreseimiento), Capítulo II (del sobreseimiento), entre los artículos 634 a 648.
¿Cómo se puede definir el sobreseimiento?
El sobreseimiento es una resolución judicial que se manifiesta en forma de auto. Puede suponer el punto y final a un proceso o la suspensión del mismo.
Tipos de sobreseimiento
Resulta interesante destacar que existen las siguientes clasificaciones en el ámbito del sobreseimiento:
- Sobreseimiento libre: terminación del proceso por falta de pruebas que corroboren la acusación.
- Sobreseimiento provisional: se abandona el proceso por considerar evidente la irresponsabilidad del acusado.
- Sobreseimiento total: tiene lugar cuando afecta a todos los que se encontraban inmersos en el mismo proceso, del cual se archivan las actuaciones.
- Sobreseimiento parcial: se da en el momento en que se decide el fin del proceso solo de cara a algunos de los enjuiciados. A raíz de ello, en el auto en el que se dicte el sobreseimiento parcial, aparecerá también el llamamiento al juicio oral para aquellos que hubieran quedado exentos de ese sobreseimiento.
Así se deduce del artículo 634 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal:
El sobreseimiento puede ser libre o provisional, total o parcial:
Si fuere el sobreseimiento parcial, se mandará abrir el juicio oral respecto de los procesados a quienes no favorezca.
Si fuere total, se mandará que se archiven la causa y piezas de convicción que no tengan dueño conocido, después de haberse practicado las diligencias necesarias para la ejecución de lo mandado.
¿Cuál es el órgano competente para dictar el sobreseimiento?
El órgano que puede decidir sobreseer un caso en un proceso sumario ordinario, será el órgano que tenga competencia para enjuiciar dicho asunto, no el Juez de Instrucción.
La decisión de sobreseimiento podrá serle impuesta al Tribunal solo cuando hubiera sido solicitado por todas las partes personadas.
No obstante, si alguna acusación requiriera la apertura de juicio oral, nunca se podrá decretar el sobreseimiento provisional.
¿Se puede recurrir un acto de sobreseimiento?
Solo cabría interponer un recurso de casación contra los autos de sobreseimiento.
Además, a tenor del artículo 636 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal se dice lo siguiente:
Contra los autos de sobreseimiento sólo procederá, en su caso, el recurso de casación.
El auto de sobreseimiento se comunicará a las víctimas del delito, en la dirección de correo electrónico y, en su defecto, por correo ordinario a la dirección postal o domicilio que hubieran designado en la solicitud prevista en el artículo 5.1.m) de la Ley del Estatuto de la Víctima del delito.
Transcurridos cinco días desde la comunicación, se entenderá que ha sido efectuada válidamente y desplegará todos sus efectos, iniciándose el cómputo del plazo de interposición del recurso. Se exceptuarán de este régimen aquellos supuestos en los que la víctima acredite justa causa de la imposibilidad de acceso al contenido de la comunicación.
Las víctimas podrán recurrir el auto de sobreseimiento dentro del plazo de veinte días aunque no se hubieran mostrado como parte en la causa.
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