La residencia no lucrativa es un tipo de permiso de residencia que es concedido para que un extranjero pueda vivir de forma legal dentro del territorio español. Sin embargo, es importante destacar que tiene unas características propias, así como también la persona debe cumplir con ciertos requisitos básicos.
Particularmente, la persona debe acreditar que cuenta con medios suficientes para poder obtener este tipo de residencia.

La residencia no lucrativa es un tipo de permiso de residencia que es concedido para que un extranjero pueda vivir de forma legal dentro del territorio español.
Características de la residencia no lucrativa
En la actualidad, España cuenta con una amplia variedad de opciones que facilitan al extranjero que desee vivir de forma permanente y legal en el país, todo lo necesario para lograr ese objetivo. Una de esas formas es a través de la residencia no lucrativa.
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Consultar abogadoLa residencia no lucrativa es un permiso de residencia otorgado por las autoridades de España a los extranjeros que desean vivir dentro del territorio de forma completamente legal y sin la necesidad de tener que desarrollar una actividad económica particular o ajena.
De ahí que la persona interesada en este tipo de residencia, deba demostrar que cuenta con los medios económicos suficientes para mantenerse mientras viva dentro del territorio nacional.
En este sentido, este tipo de permiso se otorga en un principio por un año, aunque la persona interesada puede volver a prorrogar y en algún momento hacer la transición hacia un tipo de residencia de larga duración o permanente que, en cualquiera de los dos casos, cambian los términos y condiciones de las mismas.
Una de las ventajas más destacadas de la residencia no lucrativa es que funciona bajo los mismos preceptos que cualquier otro tipo de residencia, por lo que también se trata de una modalidad de permiso que le permite al extranjero interesado adoptar la nacionalidad española después de que haya cumplido con los tiempos mínimos establecidos, lógicamente junto con todos los demás requisitos.
Residencia no lucrativa
Al tratarse de una residencia no lucrativa, la persona interesada en la misma deberá demostrar que cuenta con los medios necesarios para vivir en España sin necesidad de desarrollar una actividad por cuenta propia o ajena, y para ello debe demostrar medios económicos suficientes.
Medios económicos
En lo que respecta a los medios económicos, el interesado debe demostrar que cuenta con los mismos para vivir de forma legal y cómoda, al menos durante el tiempo que la residencia es otorgada.
En este sentido, el artículo 47 del Real Decreto 557/2011 especifica que los extranjeros que deseen vivir en España utilizando esta figura, deberán demostrar que cuentan con los medios suficientes o acreditar una percepción de ingresos económicos de ingresos para sí mismo y, en caso de que tengan familia, el importe deberá ser suficiente para mantener a todos los miembros de la misma.
Para el sostenimiento de la persona, el extranjero en España deberá contar o demostrar que cuenta con una cantidad de dinero mensual que equivale al 400% del IPREM o bien el equivalente en otra moneda legal extranjera. Junto a esto, para el mantenimiento de los familiares deberá demostrar un ingreso mensual equivalente al 100% del IPREM por cada uno de los miembros de su familia o bien el equivalente legal en una moneda extranjera.
1. Los extranjeros que deseen residir en España sin realizar una actividad laboral o lucrativa deberán contar con medios económicos suficientes para el periodo de residencia que solicitan, o acreditar una fuente de percepción periódica de ingresos, para sí mismo y, en su caso, su familia, en las siguientes cuantías, que se establecen con carácter de mínimas y referidas al momento de solicitud del visado o de renovación de la autorización:
a) Para su sostenimiento, durante su residencia en España, una cantidad que represente mensualmente en euros el 400% del IPREM, o su equivalente legal en moneda extranjera.
b) Para el sostenimiento de cada uno de los familiares a su cargo, durante su residencia en España, una cantidad que represente mensualmente en euros el 100% del IPREM, o su equivalente legal en moneda extranjera, cantidad a acreditar de forma adicional a la referida en el apartado a) anterior.
2. En ambos casos, la cuantía global de medios económicos habrá de suponer la disposición de la cuantía mensual calculada con base a lo establecido en el apartado anterior, en relación con el tiempo de vigencia de la autorización solicitada.
3. La disponibilidad de medios económicos suficientes se acreditará mediante la presentación de la documentación que permita verificar la percepción de ingresos periódicos y suficientes o la tenencia de un patrimonio que garantice dicha percepción de ingresos.
La disponibilidad se podrá acreditar por cualquier medio de prueba admitido en Derecho, incluyendo la aportación de títulos de propiedad, cheques certificados o tarjetas de crédito, que deberán ir acompañados de una certificación bancaria que acredite la cantidad disponible como crédito de la citada tarjeta.
Si los medios económicos proceden de acciones o participaciones en empresas españolas, mixtas o extranjeras radicadas en España, el interesado acreditará, mediante certificación de las mismas, que no ejerce actividad laboral alguna en dichas empresas, y presentará declaración jurada en tal sentido.
En este sentido, no es obligatorio que la persona tenga, al momento de hacer la solicitud, una cuenta en España. En la práctica puede demostrar que cuenta con los fondos suficientes mediante la presentación de documentos de cuentas extranjeras, cuyo tipo de moneda, por supuesto, sea reconocida y de curso legal.
Indicador de renta y de ingresos
Es importante destacar que el IPREM es un indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, el cual suele tener sutiles variaciones cada año. En el año 2022 la cuantía del IPREM equivale a 579,02€ mensuales.
En cálculos generales y basados en el importe total del IPREM anteriormente nombrado, una persona necesita demostrar que cuenta, como mínimo, un importe de 2.316,08€ mensuales que es el total que resulta de multiplicar el IPREM por 4. A ello se le debe sumar el 100% del IPREM por cada familiar que viva con la persona.
Por otro lado, la persona puede demostrar que recibe ingresos mensuales equivalentes o bien que ya dispone del importe completo para mantenerse mientras dura la residencia no lucrativa, durante el periodo de 12 meses, que es lo máximo que dura la residencia. Siempre entendiendo que, si hay intención de renovarla, igualmente se deberán demostrar que se cuentan con los recursos mínimos disponibles.
Requisitos para obtener el permiso de residencia no lucrativa
Además de los aspectos formales anteriores, es muy importante que la persona cumpla con uno de los preceptos claves de este tipo de residencia y es el no trabajar. Sin embargo, es fundamental saber que la ley exige no trabajar por cuenta propia o ajena en España, pero no hay impedimento a hacerlo en cualquier otra parte del mundo.
Por todo ello este tipo de residencia se posiciona como una de las mejores alternativas para los extranjeros que tengan medios propios por el ahorro o trabajan para empresas propias o ajenas en el extranjero.
En ese caso, la persona deberá demostrar que se trata de un trabajo legal y en el cual lleva un tiempo determinado para considerar el ingreso que obtiene del mismo como algo seguro.
Otros requisitos necesarios para obtener esta residencia:
- No estar ilegal dentro del territorio español.
- No trabajar por cuenta propia o ajena dentro del territorio español.
- Contar con medios suficientes para su manutención durante todo el período de residencia.
- Contar con un seguro de salud privado. No padecer ningún tipo de enfermedad grave.
- Pagar las tasas necesarias para la solicitud.
En conclusión, la residencia no lucrativa es un permiso de residencia que exige que el solicitante demuestre que cuenta con los medios suficientes para mantenerse durante el período que dura la misma.
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