Privación del derecho a conducir vehículos a motor

La privación del derecho a conducir vehículos a motor se puede producir por perder todos los puntos que se tiene en el carnet de conducir o por sentencia judicial tras la comisión de algún delito contra la seguridad vial como pena privativa de derechos.

Debe tenerse en cuenta, además, que si se conduce habiendo perdido la licencia se estaría cometiendo otro delito castigado con pena de prisión de 3 a 6 meses, con multas de 12 a 24 meses o con trabajos en beneficio de la comunidad durante 31 a 90 días, tal como lo establece el artículo 384 del Código Penal.

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Motivos que hacen perder puntos del carnet de conducir

El permiso de conducir se concibe como un crédito o beneficio que la sociedad le otorga al conductor, el cual se puede perder si se incurre reiteradamente en conductas infractoras. 

Este sistema de carnet por puntos se instauró en España en 2006. Cuando una persona obtiene su permiso de conducir se asocia un saldo de puntos inicial a su permiso. Este saldo suele ser de 12 puntos. En caso de conductores noveles o de aquellos que ya en una oportunidad perdieron todos los puntos asociados a su permiso de conducir y lo están volviendo a sacar, puede ser que les asignen tan solo 8 puntos.

Este sistema busca educar y sensibilizar al conductor sobre la responsabilidad que significa conducir un vehículo automotor, sobre el impacto que la conducta del conductor tiene en la posibilidad de que ocurran accidentes, y sobre las consecuencias que pueden derivarse de ellos.

Infracciones y pérdida de puntos

Existen una serie de infracciones que hacen que se pierdan puntos del carnet de conducir. Entre las más frecuentes están:

  • Conducir con un nivel de alcohol superior al establecido en los barómetros de tráfico y que varían si se trata de conductores profesionales o conductores noveles.
  • Conducir con presencia de drogas en el organismo.
  • No permitir que se le realicen test de alcoholemia o de presencia de drogas.
  • Conducir de forma temeraria o participar en carreras de autos no autorizadas.
  • Llevar vehículos que tengan sistemas instalados para inhibir la acción de radares que controlan la velocidad de desplazamiento.
  • Exceso en más del 50% del tiempo permitido de conducción continuada.
  • Utilizar el móvil mientras se conduce.
  • Arrojar desde el auto cualquier objeto que pueda causar un incendio o entorpecer el tráfico en alguna vía.
  • Colocar o permitir la colocación de dispositivos que impidan el normal funcionamiento del tacógrafo.
  • No respetar un semáforo en rojo, no respetar una señal de ceda el paso, o no efectuar correctamente un stop o parada.
  • Adelantar a un coche entorpeciendo la circulación de otros vehículos que circulan en sentido contrario o en lugares con visibilidad reducida.
  • Adelantar de forma peligrosa a un ciclista o no respetar la distancia mínima obligatoria de un metro y medio entre el auto y un ciclista que circule por la vía.
  • No respetar la distancia de seguridad en relación al vehículo que vaya adelante en la vía.
  • No utilizar el cinturón de seguridad y los sistemas de sillas de seguridad destinados a los niños.
  • Dar marcha atrás en autopistas.
  • Conducir un vehículo con una licencia que no habilite para ello.
  • Conducir un vehículo habiendo perdido el carnet de conducir o teniendo prohibición de hacerlo por orden judicial.
  • Conducir con auriculares u otros dispositivos que interfieren en la atención que debe prestarse al acto de conducir.
  • Hacer un cambio de sentido incumpliendo la ley y las señales de tráfico.
  • Conducir con exceso de velocidad.

Cada una de estas infracciones tiene asociada la pérdida de un número determinado de puntos del carnet de conducir.

Si se comete alguna de estas infracciones el conductor recibe una multa y tiene un tiempo de 20 días para recurrir. Si no lo hace, transcurrido ese periodo se le retiran el carnet de conducir y los puntos que correspondan.

Si ya la sanción se encuentra firme y el conductor ha perdido todos los puntos del carnet de conducir por acumulación de infracciones, la Jefatura Provincial de Tráfico da comienzo a un procedimiento para la retirada del carnet del conductor debiendo notificarlo al titular.

Cuando la persona implicada recibe la notificación debe entregar de inmediato el carnet de conducir en la Jefatura Provincial de Tráfico. Durante un período de 6 meses para conductores normales y de 3 meses para conductores profesionales, la persona no podrá conducir vehículos.

¿Cómo se puede ejercer de nuevo el derecho a conducir vehículos?

Transcurrido ese tiempo, la persona podrá recuperar el carnet de conducir habiendo realizado un curso de sensibilización y reeducación vial de 24 horas de duración. Estos cursos tienen una parte general, y una parte específica relacionada con cada caso para fortalecer las áreas en las que el conductor haya cometido infracciones.

El conductor deberá solicitar además un informe de aptitud psicofísica en un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado, y debe realizar una prueba teórica sobre los conocimientos adquiridos en el curso de sensibilización y reeducación vial. La prueba es de 30 preguntas, y para aprobar no se pueden tener más de tres errores, y debe hacerse en un tiempo de 30 minutos.

Todos estos requerimientos tienen unos costos asociados que deberá abonar el solicitante. El nuevo permiso que se le otorgue al conductor tendrá un saldo de 8 puntos. Si en los 3 años siguientes no comete ninguna infracción, el conductor podrá volver a contar con un carnet con 12 puntos.

¿Qué pasa si se ha sido privado de este derecho por decisión judicial?

Si el derecho a conducir vehículos automotores se ha perdido por decisión judicial por haber cometido una infracción vial mayor, será el juez quien determine el tiempo durante el cual la persona estará suspendida del ejercicio de este derecho.

El tiempo puede ser de 3 meses a 10 años. Si se incumple la medida la persona puede ser sancionada con cárcel.

Una vez que se haya superado el tiempo que dicte la sentencia, si la suspensión fue de menos de 2 años, para recuperarlo la persona deberá hacer un curso de educación vial. Si la suspensión fue de más de 2 años deberá hacer el curso de educación vial y aprobar un examen.

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