Plan de igualdad

Un plan de igualdad es un conjunto de reglas que tienden a evitar la discriminación por cuestión de género y garantizar la igualdad entre personas de diferente sexo en la empresa.

Es una meta para muchas empresas ofrecer iguales objetivos, condiciones y trato a todos los integrantes de su nómina. Pero también es una obligación para las que cuenten con una plantilla superior a 50 personas.

Plan de igualdad

La finalidad de un plan de igualdad es lograr que los hombres y mujeres tengan acceso a los mismos derechos y obligaciones dentro de su lugar de trabajo.

Normativa

Las leyes que se han elaborado con el fin de promover la igualdad de hombres y mujeres son principalmente:

  • Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
  • El Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad.
  • El Estatuto de los Trabajadores.
  • Real Decreto 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantizar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
  • El Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
  • Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres.

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¿Quiénes están obligados a aplicar un plan de igualdad?

En la actualidad y después de los avances dados con las modificaciones en la normativa, están obligadas todas las entidades, empresas, instituciones que posean más de 50 empleados. La propia empresa debe tomar la iniciativa y acordar con los representantes de los trabajadores los puntos a incluir en el plan.

También continúa la obligatoriedad para:

  • Actividades enmarcadas dentro de un Convenio Colectivo que así lo establezca, sin importar el número de empleados.
  • Acuerdos realizados por la autoridad laboral en sustitución de una medida sancionadora.

¿Qué sucede si no están obligadas?

Aquellas empresas que no tengan la obligación de elaborar y aplicar un plan de igualdad tienen la libertad de hacerlo de manera voluntaria. Ya sea en acuerdo con el representante legal de los trabajadores (si lo hay), de manera unilateral o con alguna comisión creada para tal efecto.

De no crear este plan, es obligación igualmente tomar medidas que garanticen los derechos de hombres y mujeres en igual magnitud.

¿A qué trabajadores se aplica?

El ámbito de aplicación personal incluye a:

  1. Todos los trabajadores que se encuentren en la plantilla de la empresa, incluso los que realicen sus actividades en diferentes centros de trabajo pertenecientes a la misma firma.
  2. Empleados cedidos por terceros de forma temporal.

Contenido de un plan de igualdad

Si bien cada empresa o entidad tiene la libertad de crear su plan de igualdad específico, hay cierto contenido que se encuentra en común en todos estos documentos.

  • Datos de identificación de la persona jurídica.
  • La determinación de las partes que elaboran el plan de igualdad.
  • Determinación de los responsables del seguimiento y revisión.
  • A qué personas aplica, su ámbito temporal y territorial.
  • El resultado del diagnóstico de situación que se haya realizado.
  • Resultados de la auditoría retributiva.
  • Los objetivos que se proponga la empresa en materia de igualdad entre hombre y mujeres, tanto cualitativos como cuantitativos.
  • Medios y recursos que se dispondrán para llevar a cabo el plan de igualdad.
  • La determinación de medidas específicas con sus respectivos plazos de ejecución e instrumentos para la medición.
  • Un sistema de control, seguimiento y revisión.
  • Calendario con cada una de las fases detalladas.
  • Procedimientos que regirán las posibles modificaciones del plan de igualdad.

Registro del plan de igualdad

Una vez elaborado y firmado el plan de igualdad se dispone de un plazo de 15 días para su inscripción. Dentro de este periodo la persona designada con su correspondiente acreditación tiene la obligación de hacer el trámite.

El registro se realiza de manera telemática en la plataforma del Registro y Depósito de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad (REGCON). Este se presenta ante la autoridad laboral que corresponda en cada caso.

Cuando el plan de igualdad no cumple con los requisitos, se devolverá con las indicaciones para su subsanación.

¿Cuál es la vigencia?

El plazo de vigencia del plan de igualdad que se elabora estará determinado por la propia comisión negociadora. Son sus integrantes los que deben acordar el tiempo por el cual regirán estas medidas. La única limitación es que no puede superar los 4 años.

Revisión del plan de igualdad

El hecho de registrar un plan de igualdad acordado y firmado no significa que se dan por finalizadas las medidas. En cualquier momento se podrá corregir, añadir e incluso quitar medidas que tiendan a nivelar los objetivos, oportunidades y condiciones entre hombres y mujeres.

Será necesario que se realicen revisiones cuando:

  • Existan situaciones que manifiesten la falta de adaptación del plan de igualdad a las circunstancias propias del centro de trabajo.
  • Surge del seguimiento o evaluación previstos en calendario la necesidad de modificaciones.
  • Ante una modificación sustancial en la plantilla, en las condiciones de trabajos, en la organización, etc.
  • Una resolución judicial así lo indique.
  • Una modificación en el status jurídico de la empresa.

Cuando se realice una revisión del plan de igualdad será necesario actualizar tanto la situación de diagnóstico como las medidas.

Conclusión

La finalidad de un plan de igualdad es lograr que los hombres y mujeres tengan acceso a los mismos derechos y obligaciones dentro de su lugar de trabajo. Las empresas deberán diseñar un plan para evitar cualquier tipo de discriminación por motivos de género.

Este plan tiene una vigencia máxima de 4 años que será establecida por la comisión negociadora. En su calendario se estipulan los plazos de ejecución de las medidas como también las revisiones necesarias.

Es fundamental contar con el asesoramiento especializado para la elaboración de un plan de igualdad, desde la situación de diagnóstico hasta su evaluación con el fin de mejorar el clima laboral y evitar futuros litigios.

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