La nacionalidad es uno de los atributos de la personalidad. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad, lo cual está garantizado por la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Desde el punto de vista jurídico, la nacionalidad es el vínculo que une a la persona con el Estado.

La nacionalidad también se define como la pertenencia de un individuo a un ordenamiento jurídico concreto.
Puede adquirirse de diferentes formas, de donde surgen los diferentes tipos de nacionalidad.
Se trata de una condición necesaria para la protección de los derechos de las personas en el extranjero. También puede perderse, de acuerdo a lo establecido por las leyes.
Adquisición de una nacionalidad
Según el derecho vigente en cada país, la nacionalidad se adquiere de diferentes maneras.
- Por nacimiento o nacionalidad de origen. En muchos países, todos los nacidos en su territorio tienen la nacionalidad correspondiente. También se reconoce la nacionalidad de sus padres a los hijos o descendientes de los naturales.
- Nacionalidad por opción. En muchos países se puede optar por la nacionalidad. Es un beneficio que se otorga a extranjeros que cumplan determinadas condiciones, por ejemplo, años de residencia e integración a la sociedad. También pueden solicitar la nacionalidad por opción los hijos de naturales nacidos en el extranjero.
- Por naturalización. En algunos países, pueden solicitar la nacionalidad los extranjeros con residencia en el país durante el término establecido por las leyes, los cónyuges o padres extranjeros de un natural.
- Nacionalidad por residencia. Es otra forma de adquisición de la nacionalidad, después de un lapso de tiempo determinado, de residencia legal.
- Por carta de naturaleza. Es otorgada de manera discrecional por los gobiernos, en circunstancias excepcionales.
- Doble nacionalidad. Es un supuesto que se da en comunidades que en algún momento formaron parte de otro país, países con gran inmigración de ciudadanos de países donde se reconoce el “derecho de sangre”, es decir, que los hijos tengan la nacionalidad de los padres, como ocurre en los países iberoamericanos, o el caso de los sefardíes en España. También se reconoce la doble nacionalidad por tratados internacionales que permiten que un ciudadano acceda a otra nacionalidad sin renunciar a la propia.
- Personas jurídicas: tienen la nacionalidad del Estado donde fueron constituidas.
Pérdida de la nacionalidad
Las leyes de cada país establecen cómo se adquiere, mantiene y pierde la nacionalidad. Sin embargo, nadie puede ser privado de su nacionalidad, excepto en casos penales de extrema gravedad.
Por otra parte, según la ACNUR, millones de personas en el mundo se ven privadas de una nacionalidad por hallarse indocumentadas o ser víctimas de desplazamientos.
En general la mayoría de las legislaciones consideran que se pierde la nacionalidad por los siguientes motivos:
- Los nativos, por naturalización en otro estado, excepto que existan tratados internacionales, o por causas gravísimas como traición a la patria.
- La nacionalidad adquirida, también según los casos que prevea cada legislación.
Cabe acotar que las leyes prevén también la readquisición o recuperación de la nacionalidad. Sin embargo, se deben cumplir ciertos requisitos.
La nacionalidad como vínculo jurídico
La nacionalidad como vínculo jurídico de una persona con el Estado da origen a derechos y obligaciones.
Por ejemplo, entre las obligaciones se encuentran el pago de impuestos, y entre los derechos el acceso a los servicios públicos de salud, educación o justicia.
Por último, cabe aclarar que ningún extranjero está obligado a solicitar la nacionalidad del país en el que reside, y también que en muchos países la nacionalidad de origen se considera irrenunciable, por lo cual, aunque la persona gestione y obtenga otra nacionalidad, nunca perderá la que adquirió al nacer.