Artículo 1009.- Prohibición de modificar el bien usufructuado
El usufructuario no debe hacer ninguna modificación sustancial del bien o de su uso.
art 1009 cc
Artículo 1009.- Prohibición de modificar el bien usufructuado
El usufructuario no debe hacer ninguna modificación sustancial del bien o de su uso.
art 1009 cc