Artículo 376-B del Código Penal
Artículo 376-B. Otorgamiento ilegítimo de derechos sobre inmuebles
El funcionario público que, en violación de sus atribuciones u obligaciones, otorga ilegítimamente derechos de posesión o emite títulos de propiedad sobre bienes de dominio público o bienes de dominio privado estatal, o bienes inmuebles de propiedad privada, sin cumplir con los requisitos establecidos por la normatividad vigente, será reprimido con pena privativa de libertad, no menor de cuatro ni mayor de seis años.
Si el derecho de posesión o título de propiedad se otorga a personas que ilegalmente ocupan o usurpan los bienes inmuebles referidos en el primer párrafo, la pena privativa de libertad será no menor de cinco ni mayor de ocho años.
Si se otorgan sobre bienes, zonas o áreas consideradas o declaradas como intangibles, inalienables o imprescriptibles, alrededor del perímetro de los establecimientos penitenciarios, la pena privativa de libertad será no menor de cinco ni mayor de ocho años.
La pena privativa de libertad será no menor de seis ni mayor de diez años, si se otorgan a personas que ilegalmente ocupan o usurpan los bienes o zonas referidas en el tercer párrafo.
art 376-B cp
- Código Penal
- LIBRO SEGUNDO PARTE ESPECIAL DELITOS
- TÍTULO XVIII: DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
- CAPÍTULO II: DELITOS COMETIDOS POR FUNCIONARIOS PÚBLICO
- SECCIÓN I: ABUSO DE AUTORIDAD
- Artículo 376. Abuso de autoridad
- Artículo 376-A. Abuso de autoridad condicionando ilegalmente la entrega de bienes y servicios
- Artículo 376-B. Otorgamiento ilegítimo de derechos sobre inmuebles
- Artículo 377. Omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales
- Artículo 378. Denegación o deficiente apoyo policial
- Artículo 379. Requerimiento indebido de la fuerza pública
- Artículo 380. Abandono de cargo
- Artículo 381. Nombramiento, designación, contratación, encargatura o aceptación ilegal de cargo
- SECCIÓN I: ABUSO DE AUTORIDAD
- CAPÍTULO II: DELITOS COMETIDOS POR FUNCIONARIOS PÚBLICO
- TÍTULO XVIII: DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA