Artículo 242 del Código Penal

Artículo 242. Rehusamiento a prestar información económica, industrial o comercial

El director, administrador o gerente de una empresa que, indebidamente, rehúsa suministrar a la autoridad competente la información económica, industrial o mercantil que se le requiera, o deliberamente presta la información de modo inexacto, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años o con noventa a ciento ochenta días-multa.

art 242 cp

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