Artículo 884 del Código Civil
Artículo 884. Normas que rigen la propiedad incorporal
Las propiedades incorporales se rigen por su legislación especial.
art 884 cc
- Código Civil
- LIBRO V: DERECHOS REALES
- Sección primera: Disposiciones generales
- Artículo 881. Noción de Derechos Reales
- Artículo 882. Improcedencia de prohibición de enajenar o gravar
- Artículo 883. [Derogado]
- Artículo 884. Normas que rigen la propiedad incorporal
- Sección primera: Disposiciones generales