Artículo 66 del Código Civil
Artículo 66. Improcedencia de la declaración de muerte presunta
El juez que considere improcedente la declaración de muerte presunta puede declarar la ausencia.
art 66 cc
- Código Civil
- LIBRO I: DERECHO DE LAS PERSONAS
- Sección primera: Personas naturales
- Título VII: Fin de la persona
- Capítulo segundo: Declaración de muerte presunta
- Artículo 63. Procedencia de declaración judicial de muerte presunta
- Artículo 64. Efectos de la declaración de muerte presunta
- Artículo 65. Contenido de la resolución de muerte presunta
- Artículo 66. Improcedencia de la declaración de muerte presunta
- Capítulo segundo: Declaración de muerte presunta
- Título VII: Fin de la persona
- Sección primera: Personas naturales