Artículo 1955 del Código Civil
Artículo 1955. Improcedencia de la acción por enriquecimiento sin causa
La acción a que se refiere el artículo 1954 no es procedente cuando la persona que ha sufrido el perjuicio puede ejercitar otra acción para obtener la respectiva indemnización.
art 1955 cc
- Código Civil
- LIBRO VII: FUENTES DE LAS OBLIGACIONES
- Sección cuarta: Enriquecimiento sin causa
- Artículo 1954. Acción por enriquecimiento sin causa
- Artículo 1955. Improcedencia de la acción por enriquecimiento sin causa
- Sección cuarta: Enriquecimiento sin causa