Artículo 1480 del Código Civil
Artículo 1480. Arras de retractación
La entrega de las arras de retractación sólo es válida en los contratos preparatorios y concede a las partes el derecho de retractarse de ellos.
art 1480 cc
- Código Civil
- LIBRO VII: FUENTES DE LAS OBLIGACIONES
- Sección primera: Contratos en general
- Título XIV: Arras de retractación
- Sección primera: Contratos en general