Artículo 1031 del Código Civil
Artículo 1031. Constitución o trasmisibilidad
El derecho de superficie puede constituirse por acto entre vivos o por testamento. Este derecho es trasmisible, salvo prohibición expresa.
art 1031 cc
- Código Civil
- LIBRO V: DERECHOS REALES
- Sección tercera: Derechos reales principales
- Título V: Superficie
- Sección tercera: Derechos reales principales