La adopción es un acto legal por el cual una persona o familia acoge como hijo al que biológicamente es hijo de otros padres.

La adopción es un acto jurídico que consiste en que una persona o una familia acoge a otra persona como hijo, aunque biológicamente es hijo de otros padres.
El Código Civil de Perú regula la adopción a partir del artículo 377:
Por la adopción el adoptado adquiere la calidad de hijo del adoptante y deja de pertenecer a su familia consanguínea.
¿Qué es la adopción?
La adopción es un concepto que se define por el Diccionario Panhispánico del Español Jurídico de la siguiente manera: acto jurídico mediante el cual se crea un vínculo de parentesco entre dos personas, adoptante y adoptado, de tal forma que establece entre ellas una relación de paternidad y/o maternidad con sus mismos efectos legales.
¿Qué requisitos se necesitan para adoptar?
Los requisitos necesarios para adoptar dependerán de la legislación civil de cada país. En Perú, los requisitos para la adopción se establecen en el artículo 378 del Código Civil peruano:
Para la adopción se requiere:
1.- Que el adoptante goce de solvencia moral.
2.- Que la edad del adoptante sea por lo menos igual a la suma de la mayoridad y la del hijo por adoptar.
3.- Que cuando el adoptante sea casado concurra el asentimiento de su cónyuge.
4.- Que el adoptado preste su asentimiento si es mayor de diez años.
5.- Que asientan los padres del adoptado si estuviese bajo su patria potestad o bajo su curatela.
6.- Que se oiga al tutor o al curador del adoptado y al consejo de familia si el adoptado es incapaz.
7.- Que sea aprobada por el Juez, con excepción de lo dispuesto en las leyes especiales.
8.- Que si el adoptante es extranjero y el adoptado menor de edad, aquél ratifique personalmente ante el juez su voluntad de adoptar. Se exceptúa de este requisito, si el menor se encuentra en el extranjero por motivo de salud.
¿Qué tipos de adopción existen?
En la adopción podemos distinguir dos tipos diferentes:
- La adopción plena, ofrece los mismos derechos al adoptado que si fuera hijo biológico (sustitución de apellidos, se considerará que el adoptado tiene abuelos y tíos, el adoptado podrá recibir herencia de todos sus ascendientes, etc.).
- La adopción simple, solo existen ciertos derechos y obligaciones entre adoptante y adoptado. El adoptado no poseerá los apellidos del adoptante, ni tendrá derecho a heredar de otros ascendientes que no sean los padres.