Una orden de alejamiento es una medida que restringe la libertad ambulatoria a una persona, en protección de quien ha sido o puede ser su víctima y sus familiares. Puede tratarse de una medida cautelar, pero también puede emanar una orden de alejamiento de una sentencia firme, como pena accesoria de la condena.

La orden de alejamiento es una pena de privación de derechos que consiste en la prohibición de aproximarse ni comunicarse con la víctima de un delito.
¿Qué es y dónde se regula la orden de alejamiento?
La orden de alejamiento establece la prohibición del agresor a acercarse a su víctima o familiares. Esto se aplicará para el lugar de residencia, de trabajo y cualquier otro lugar que sea frecuentado por la víctima o posible víctima. También se privará al agresor de residir en el lugar donde viva la víctima o donde se hubiera cometido o se pueda cometer el delito.
También incluirá la orden de alejamiento la prohibición de todo tipo de comunicaciones con la víctima por cualquier medio: telefónico, correo, redes sociales o cualquier otro mecanismo escrito, visual o verbal. Si se da el caso de que el agresor y la víctima tengan hijos en común, la orden de alejamiento incluirá la suspensión del régimen de visitas del agresor a los hijos.
La figura de la orden de alejamiento se encuentra regulada en la sección 3 del capítulo Primero del Título III del Código Penal español.
El artículo 39 describe la orden de alejamiento como una pena privativa de derechos, y en sus apartados f), g) y h) explica que puede tratarse de la prohibición:
- De residir en ciertos lugares o acudir a los mismos.
- De acercarse a la víctima y sus familiares y otras personas allegadas que el juez determine.
- De comunicarse con la víctima y sus familiares y otras personas allegadas que el juez determine.
El artículo 48 regula cómo se aplicará la medida de orden de alejamiento.
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Consultar abogado¿De qué delitos se protege a una persona con una orden de alejamiento?
Suele establecerse una orden de alejamiento para proteger a la víctima:
- De delitos contra la vida y la integridad física y moral, entre otros de homicidio, lesiones y torturas.
- De delitos contra la libertad sexual, tales como exhibicionismo, violación, acoso, entre otros.
- De delitos contra la libertad y seguridad, entre los que se cuentan amenazas, coacciones y detenciones ilegales.
Vigencia de una orden de alejamiento
El tiempo durante el cual estará vigente una orden de alejamiento variará de acuerdo a la finalidad que tenga la misma, y a si se trata de una orden de alejamiento cautelar o una orden de alejamiento producto de una sentencia.
Si se trata de una medida cautelar en el proceso de instrucción de un proceso, la medida estará vigente hasta el momento en que se celebre el juicio. Si la orden de alejamiento se ordena en una sentencia, tendrá la duración que el juez considere necesaria para proteger a la víctima.
Cuando se trata de un delito grave la orden de alejamiento puede llegar a tener una duración de hasta 10 años. Si se trata de un delito de menor gravedad la orden de alejamiento puede tener una duración de hasta 5 años.
La orden de alejamiento se configura como un instrumento jurídico propio del ordenamiento penal pudiendo revestir la forma de medida cautelar o la forma de pena accesoria. Dicha concreta forma dependerá del momento procesal en que se acuerde: si lo es durante la fase de instrucción la orden de alejamiento se configurará como medida cautelar, mientras que si es impuesta a la hora de dictar sentencia se configurará como pena accesoria.
Con la adopción de la orden de alejamiento se pretende proteger la vida, integridad física, libertad y bienes de la víctima así como evitar nuevas agresiones. Para conseguir dichos fines la orden de alejamiento restringirá la libertad ambulatoria del investigado, de forma que éste no podrá aproximarse a la víctima ni encontrarse en el mismo lugar que ésta.
Destacar también que en determinados delitos la imposición de una orden de alejamiento o su no imposición como pena accesoria, resultará una decisión potestativa del tribunal sentenciador. Por contra, cuando la sentencia condenatoria lo sea por un delito relativo a la violencia de género, el juez deberá imponer obligatoriamente la pena de alejamiento.
Gerson Vidal, abogado especialista en Derecho Penal en Valencia
Retirada de una orden de alejamiento cautelar
Puede ocurrir que la víctima se plantee solicitar que se retire la orden de alejamiento antes de que esta venza. En ese caso hará la solicitud al juez, explicando qué se ha modificado en la situación que le haga pensar que puede retirarse la orden de alejamiento. La solicitud y consentimiento de la víctima de que se retire la orden no son suficientes.
El juez evaluará cuidadosamente el caso, y es él quien decidirá si procede o no la retirada de la orden de alejamiento.
Este supuesto solo puede darse si se trata de una orden de alejamiento como medida cautelar. Una orden de alejamiento que forma parte de una sentencia firme no puede ser retirada.
Requisitos para que se imponga una orden de alejamiento
Para que se aplique una orden de alejamiento:
- Debe denunciarse la comisión de un delito o bien una amenaza real.
- La víctima debe aportar pruebas suficientes de la comisión del delito, para que el juez pueda apreciar si hay indicios claros de la comisión del mismo.
- La orden de alejamiento solo la puede emitir el juez que conoce el caso.
- El juez valorará si la víctima se encuentra en una situación lo suficientemente peligrosa que necesite que se emita una orden de alejamiento.
La solicitud de una orden de alejamiento se puede hacer ante la policía, la guardia civil, un juez o un fiscal. Puede hacer la solicitud la víctima, el juez de oficio o el ministerio fiscal, la pareja de hecho o el cónyuge de la víctima, los padres, abuelos e hijos que conviven con la víctima.
Si algún organismo asistencial, público o privado, conoce de algún hecho de violencia de género, está obligado a informar inmediatamente al fiscal o juez para que se emita una orden de alejamiento para proteger a la víctima.
Incumplimiento de una orden de alejamiento
Si se incumple una orden de alejamiento porque se produzca el caso de que el agresor y su víctima se encuentren de manera fortuita, sin que exista dolo, y el agresor se retira de manera voluntaria e inmediata del lugar donde se encuentra la víctima, el hecho quedará impune.
En el caso de que el agresor incumpla la orden de alejamiento con dolo, es decir de manera intencional, el artículo 468.2 del Código Penal establece prisión de 6 meses a 1 año, ya que se trata del delito de quebrantamiento de condena.
El mencionado artículo del Código Penal deja claro que esto se aplica también cuando se trata de una orden de alejamiento como medida cautelar.
El incumplimiento consciente y voluntario de una orden de alejamiento puede conllevar la comisión de un delito de quebrantamiento de medida cautelar o de quebrantamiento de condena, según se trate. Dicha orden de alejamiento suele adoptarse en la práctica junto a la de prohibición de comunicación, si bien ambas figuras son independientes y pueden adoptarse por separado.
Gerson Vidal, abogado especialista en Derecho Penal en Valencia
Mecanismos para controlar el cumplimiento de la orden de alejamiento
El artículo 48 del Código Penal en su apartado 4 indica que se puede establecer un control del cumplimiento de una orden de alejamiento mediante dispositivos electrónicos.
Esta disposición ha abierto la puerta al uso de pulseras telemáticas que permiten monitorear la ubicación del agresor. Esta modalidad está siendo muy empleada para proteger a víctimas de violencia de género.
Contempla también la normativa que quien inutilice o perturbe el funcionamiento normal de los dispositivos electrónicos que el juez haya acordado para el monitoreo del cumplimiento de la orden, serán castigados con una pena de multa de 6 a 12 meses.
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