Rescisión de la relación laboral

La rescisión de la relación laboral es el procedimiento mediante el cual un empleador o un empleado finaliza oficialmente la vinculación entre ellos. Puede deberse a distintas circunstancias como el vencimiento natural del contrato laboral, la decisión de renuncia por parte del empleado, el despido por parte del empleador o incluso mediante un acuerdo mutuo entre ambas partes.

Por lo general, este proceso implica ciertas condiciones, como la obligación de notificar con antelación, proporcionar compensación económica o contar con una razón justificada para la terminación del empleo.

Rescisión sin responsabilidad para el patrón

Como se dijo anteriormente, tanto el patrón como el trabajador tienen el derecho de rescindir la relación laboral. Sin embargo, debe haber una justificación válida para que no haya responsabilidad legal.

Según el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo de México (LFT), las causas para que el patrón puede hacer la rescisión sin esta responsabilidad son:

  • Presentar certificados falsos o referencias engañosas en los primeros 30 días de trabajo.
  • Comportamiento violento o amenazante hacia el empleador o colegas.
  • Alterar la disciplina laboral.
  • Realizar actos graves fuera del trabajo que impidan la continuidad del empleo.
  • Causar daños materiales intencionales.
  • Negligencia grave que cause daños.
  • Comprometer la seguridad del lugar de trabajo.
  • Actos inmorales o de acoso.
  • Revelar secretos de fabricación.
  • Acumular más de tres faltas de asistencia injustificadas en 30 días.
  • Desobedecer sin razón válida.
  • Negarse a medidas preventivas.
  • Estar bajo la influencia de sustancias en el trabajo.
  • Recibir una sentencia de prisión que impida cumplir con el trabajo.
  • Si el trabajador no proporciona documentos necesarios para el empleo según las leyes y esto excede el período establecido.

Rescisión sin responsabilidad para el trabajador

El artículo 51 de la LFT enlista las causas en que el trabajador puede hacer la rescisión laboral sin responsabilidad, las cuales son: 

  • Engaño por parte del patrón sobre las condiciones laborales.
  • Ser víctimas de faltas de honradez, actos de violencia, amenazas, injurias, hostigamiento, acoso sexual, malos tratos o similares.
  • Reducción de salario.
  • Falta de pago.
  • Perjuicios maliciosos.
  • Peligro para la seguridad o salud.
  • Imprudencia del patrón.
  • Exigencia de actos que menoscaben la dignidad del trabajador.

Requisitos

Una vez que sucede alguna de las causas de rescisión laboral antes mencionadas. El patrón o trabajador deben cumplir con ciertas condiciones para concretar el fin de la vinculación.

El artículo 47 dice que el patrón debe proporcionar un aviso escrito detallando las razones para la rescisión, entregándolo personalmente en el momento del despido o comunicándose al Tribunal dentro de cinco días hábiles. Si no se provee un aviso adecuado, se presume que la separación no está justificada, a menos que se demuestre lo contrario.

Por otro lado, el artículo 52 otorga al trabajador el derecho de separarse de su trabajo dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que se dé cualquiera de las causas mencionadas. En tal caso, el patrón está obligado a indemnizar al trabajador de acuerdo con el artículo 50. Este precepto establece que las indemnizaciones varían dependiendo del tiempo de servicio y si la relación de trabajo es por tiempo determinado o indeterminado.

¿Buscas abogado de confianza?

Te ayudamos a encontrar abogado especialista de confianza sin compromiso. Tenemos una amplia red de abogados colaboradores en todo México.









    Al completar el formulario aceptas que has leído y aceptado nuestras Condiciones de Uso y Privacidad.