La prescripción de deudas es un concepto legal que establece un plazo específico durante el cual un acreedor puede emprender acciones legales para cobrar una deuda. Una vez que este período ha transcurrido, la deuda prescribe, lo que significa que el acreedor ya no tiene el derecho legal de reclamar el pago.
En general, las deudas prescriben después de cierto número de años desde el último pago, reconocimiento de la deuda o desde que se empezó a incumplir con la obligación.
Plazo
El apartado del Código Civil Federal de México que habla sobre la prescripción de deudas establece los períodos de prescripción para varias obligaciones y deudas según la ley.
El artículo 1158 dice que la prescripción negativa ocurre simplemente por el paso del tiempo especificado por la ley.
La prescripción negativa se verifica por el sólo transcurso del tiempo fijado por la ley.
El artículo 1159 establece que el tiempo estándar de prescripción de la deuda en el país es de diez años.
Fuera de los casos de excepción, se necesita el lapso de diez años, contado desde que una obligación pudo exigirse, para que se extinga el derecho de pedir su cumplimiento.
Plazos específicos
Este Código Civil Federal especifica los plazos de prescripción de deuda para circunstancias específicas más allá de la prescripción común de diez años. Estas deudas se mencionan del artículo 1160 a 1164 y son:
- Alimentos: no prescribe
- Honorarios, salarios, ventas a no revendedores, hospedaje, alimentos proporcionados por hoteles y fondistas, responsabilidad civil por injurias, daños causados por personas o animales y responsabilidad civil por actos ilícitos no constituyentes de delito: dos años
- Obligación de dar cuentas, pensiones, rentas, alquileres y otras prestaciones periódicas no cobradas: cinco años
Interrupción de la prescripción
Según el artículo 1168, la prescripción puede interrumpirse en los siguientes casos:
- Si el poseedor es privado de la posesión de la cosa o del derecho durante más de un año.
- Por demanda u otra interpelación judicial notificada al poseedor o al deudor. A menos que el demandante desista de la demanda o ésta sea desestimada.
- Si el deudor reconoce explícitamente, ya sea verbalmente, por escrito o a través de acciones, que debe dinero a alguien más. En este caso empieza un nuevo periodo de prescripción.
Cálculo del plazo
El artículo 1176 del Código Civil Federal establece que la prescripción de deuda se mide en años completos, no en momentos o minutos, a menos que una ley específica indique lo contrario.
El tiempo para la prescripción se cuenta por años y no de momento a momento, excepto en los casos en que así lo determine la ley expresamente.
Por otro lado, el artículo 1177 establece que los meses se determinan por el número exacto de días del mes correspondiente en el calendario estándar. Además, el artículo 1178 dice que, si la prescripción menciona días, cada día se considera un período completo de veinticuatro horas naturales.
El día en que comienza la prescripción se cuenta como un día completo, sin importar si solo una parte del día ha pasado, según el artículo 1179. Sin embargo, el día en que la prescripción termina debe ser completo y no se considera concluido hasta que hayan transcurrido las veinticuatro horas del día.
Finalmente, el artículo 1180 especifica que, si el último día del período de prescripción cae en un día festivo, la prescripción no se considera completa. Se considerará cumplida en el primer día laborable que sigue al día festivo
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