Si al cumplimentar un exhorto, se opone algún tercero que no hubiese sido oído por el Tribunal exhortante, se suspenderá la cumplimentación del exhorto, previa fianza que otorgue para garantizar el monto de la cantidad por la que se despachó ejecución y de los daños y perjuicios que puedan causarse. Otorgada la fianza, se devolverá el exhorto al Tribunal exhortante.
art 943 lft
- Ley Federal del Trabajo
- Título Quince: Procedimientos de Ejecución
- Capítulo I:
- Sección Primera: Disposiciones Generales
- Capítulo I:
- Título Quince: Procedimientos de Ejecución
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