La audiencia de juicio se desarrollará de la siguiente manera:
I. El juez abrirá la fase de desahogo de pruebas;
II. Se desahogarán ante el juez las pruebas admitidas y preparadas. La audiencia no se suspenderá ni diferirá en ningún caso por falta de preparación de las pruebas admitidas, salvo causa justificada; tratándose de la prueba de recuento se señalará día, hora y lugar para su realización, y
III. Desahogadas las pruebas, las partes formularán alegatos en forma oral; acto seguido el juez declarará cerrada la etapa de juicio y suspenderá la audiencia, citando a las partes para oír sentencia dentro de los tres días posteriores.
art 897-C lft
- Ley Federal del Trabajo
- Título Catorce: Derecho Procesal del Trabajo
- Capítulo XVIII: Del Procedimiento Especial
- Artículo 892
- Artículo 893
- Artículo 894
- Artículo 895
- Artículo 896
- Artículo 897
- Artículo 897-A
- Artículo 897-B
- Artículo 897-C
- Artículo 897-D
- Artículo 897-E
- Artículo 897-F
- Artículo 897-G
- Artículo 898 (Se deroga)
- Artículo 899 (Se deroga)
- Capítulo XVIII: Del Procedimiento Especial
- Título Catorce: Derecho Procesal del Trabajo
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