En los reglamentos de esta Ley se procurará que el día de descanso semanal sea el domingo.
Los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.
art 71 lft
- Ley Federal del Trabajo
- Título Tercero: Condiciones de Trabajo
- Capítulo III: Días de Descanso
- Título Tercero: Condiciones de Trabajo
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