En los trabajos que requieran una labor continua, los trabajadores y el patrón fijarán de común acuerdo los días en que los trabajadores deban disfrutar de los de descanso semanal.
art 70 lft
- Ley Federal del Trabajo
- Título Tercero: Condiciones de Trabajo
- Capítulo III: Días de Descanso
- Título Tercero: Condiciones de Trabajo
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