En los casos de siniestro o riesgo inminente en que peligre la vida del trabajador, de sus compañeros o del patrón, o la existencia misma de la empresa, la jornada de trabajo podrá prolongarse por el tiempo estrictamente indispensable para evitar esos males.
art 65 lft
- Ley Federal del Trabajo
- Título Tercero: Condiciones de Trabajo
- Capítulo II: Jornada de Trabajo
- Título Tercero: Condiciones de Trabajo
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