Durante la tramitación de los juicios y hasta el cierre de su instrucción, el juez a cargo del Tribunal deberá estar presente en el desarrollo de las audiencias. Podrá auxiliarse de un secretario instructor para dictar los acuerdos relativos a la etapa escrita del procedimiento, hasta antes de la audiencia preliminar, quien deberá verificar y, en su caso, certificar que las notificaciones personales se practicaron debidamente.
I. Se deroga.
II. Se deroga.
III. Se deroga.
IV. Se deroga.
V. Se deroga.
VI. Se deroga.
art 610 lft
- Ley Federal del Trabajo
- Título Once: Autoridades del Trabajo y Servicios Sociales
- Capítulo XII:
- Artículo 604
- Artículo 605
- Artículo 605 Bis (Se deroga)
- Artículo 606 (Se deroga)
- Artículo 607 (Se deroga)
- Artículo 608 (Se deroga)
- Artículo 609 (Se deroga)
- Artículo 610
- Artículo 611 (Se deroga)
- Artículo 612 (Se deroga)
- Artículo 613 (Se deroga)
- Artículo 614 (Se deroga)
- Artículo 615 (Se deroga)
- Artículo 616 (Se deroga)
- Artículo 617 (Se deroga)
- Artículo 618 (Se deroga)
- Artículo 619 (Se deroga)
- Artículo 620 (Se deroga)
- Capítulo XII:
- Título Once: Autoridades del Trabajo y Servicios Sociales
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