La duración máxima de la jornada será: ocho horas la diurna, siete la nocturna y siete horas y media la mixta.
art 61 ltf
- Ley Federal del Trabajo
- Título Tercero: Condiciones de Trabajo
- Capítulo II: Jornada de Trabajo
- Título Tercero: Condiciones de Trabajo
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