Los Tribunales federales, de las entidades federativas y de la Ciudad de México, estarán a cargo cada uno, de un juez y contarán con los secretarios, funcionarios y empleados que se juzgue conveniente, determinados y designados de conformidad con la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación o de la Ley Orgánica del Poder Judicial Local según corresponda.
art 605 lft
- Ley Federal del Trabajo
- Título Once: Autoridades del Trabajo y Servicios Sociales
- Capítulo XII:
- Artículo 604
- Artículo 605
- Artículo 605 Bis (Se deroga)
- Artículo 606 (Se deroga)
- Artículo 607 (Se deroga)
- Artículo 608 (Se deroga)
- Artículo 609 (Se deroga)
- Artículo 610
- Artículo 611 (Se deroga)
- Artículo 612 (Se deroga)
- Artículo 613 (Se deroga)
- Artículo 614 (Se deroga)
- Artículo 615 (Se deroga)
- Artículo 616 (Se deroga)
- Artículo 617 (Se deroga)
- Artículo 618 (Se deroga)
- Artículo 619 (Se deroga)
- Artículo 620 (Se deroga)
- Capítulo XII:
- Título Once: Autoridades del Trabajo y Servicios Sociales
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