El trabajador y el patrón fijarán la duración de la jornada de trabajo, sin que pueda exceder los máximos legales.
Los trabajadores y el patrón podrán repartir las horas de trabajo, a fin de permitir a los primeros el reposo del sábado en la tarde o cualquier modalidad equivalente.
art 59 lft
- Ley Federal del Trabajo
- Título Tercero: Condiciones de Trabajo
- Capítulo II: Jornada de Trabajo
- Título Tercero: Condiciones de Trabajo
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