La suspensión puede afectar a toda una empresa o establecimiento o a parte de ellos. Se tomará en cuenta el escalafón de los trabajadores a efecto de que sean suspendidos los de menor antigüedad.
art 428 lft
- Ley Federal del Trabajo
- Título Séptimo: Relaciones Colectivas de Trabajo
- Capítulo VII: Suspensión Colectiva de las Relaciones de Trabajo
- Título Séptimo: Relaciones Colectivas de Trabajo
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