Las relaciones laborales entre los Médicos Residentes y la persona moral o física de quien dependa la Unidad Médica Receptora de Residentes, se regirán por las disposiciones de este Capítulo y por las estipulaciones contenidas en el contrato respectivo, en cuanto no las contradigan.
art 353-B lft
- Ley Federal del Trabajo
- Título Sexto: Trabajos especiales
- Capítulo XVI: Trabajos de Médicos Residentes en Período de Adiestramiento en una Especialidad
- Título Sexto: Trabajos especiales
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