Es causa especial de rescisión de las relaciones de trabajo la disminución importante y reiterada del volumen de las operaciones, salvo que concurran circunstancias justificativas.
art 291 lft
- Ley Federal del Trabajo
- Título Sexto: Trabajos especiales
- Capítulo IX: Agentes de Comercio y Otros Semejantes
- Título Sexto: Trabajos especiales
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