Trabajadores del campo son los que ejecutan las labores propias de las explotaciones agrícolas, ganaderas, acuícolas, forestales o mixtas, al servicio de un patrón.
Los trabajadores en las explotaciones industriales forestales se regirán por las disposiciones generales de esta ley.
Los trabajadores del campo pueden ser permanentes, eventuales o estacionales.
art 279 lft
- Ley Federal del Trabajo
- Título Sexto: Trabajos especiales
- Capítulo VIII: Trabajadores del Campo
- Título Sexto: Trabajos especiales
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